¡CONExión con proposito!

CONTRATO DE COLABORACIÓN COMERCIAL

Por una parte, SALES COOL, S.A. DE C.V., en su carácter de Socio Master de la marca Cristocel, con domicilio en Calle Pavo No. 135, Interior 5, Colonia Guadalajara Centro, C.P. 44100, Guadalajara, Jalisco, México, legalmente representada por Sergio Meléndez Osornio, a quien en lo sucesivo se le denominará “EL PROVEEDOR”; Y por la otra parte, toda persona física o moral que acceda y utilice el Portal Mayorista ubicado en [https://ofv.pandamovil.mx/#/, en adelante referida como “EL EMBAJADOR”; Ambas partes, en conjunto referidas como “LAS PARTES”, celebran el presente Contrato de Colaboración Comercial, el cual se considera aceptado de forma automática por EL EMBAJADOR al momento de ingresar y utilizar su cuenta dentro del Portal Mayorista, al tenor de las siguientes:
I. DECLARACIONES
Ambas partes se reconocen con capacidad legal para suscribir el presente contrato y manifiestan su voluntad de establecer una relación contractual.
El Proveedor es titular de los derechos de distribución de los servicios de telecomunicaciones ofrecidos bajo la marca Cristocel, incluyendo servicios de telefonía móvil, internet portátil y recargas electrónicas.
El Embajador desea participar en la red de distribución comercial de Cristocel bajo un modelo de negocio independiente.
II. OBJETO DEL CONTRATO
El presente contrato tiene como objeto establecer los términos y condiciones bajo los cuales EL EMBAJADOR podrá promover, vender y distribuir los servicios de Cristocel, incluyendo activaciones, portabilidad y recargas, actuando como comercializador autorizado.
III. NATURALEZA DE LA RELACIÓN
La relación es de carácter mercantil, sin que exista vínculo laboral, societario o de subordinación entre las partes.
IV. OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR
El Proveedor, en su carácter de Socio Master autorizado de la marca Cristocel, se compromete a lo siguiente:
Acceso a Plataforma de Gestión (Oficina Virtual):
Proporcionar a El Embajador un usuario y contraseña para ingresar a la plataforma digital denominada “Oficina Virtual”, mediante la cual podrá:
a) Activar nuevas líneas y registrar portabilidades en tiempo real.
b) Consultar su historial de ventas, movimientos de saldo y comisiones generadas.
c) Administrar su inventario de tarjetas SIM.
Suministro de Productos y Herramientas Comerciales:
Abastecer a El Embajador de los insumos necesarios para la operación, incluyendo:
a) Tarjetas SIM, en cantidades acordes a su nivel de actividad.
b) Saldo disponible para recargas, con bonificaciones según los términos comerciales vigentes.
c) Material promocional digital (flyers, banners, contenido para redes sociales).
d) Herramientas tecnológicas de gestión.
Soporte Técnico y Acompañamiento Comercial:
a) Brindar soporte técnico remoto para la resolución de incidencias en el uso de la plataforma o activación de servicios.
b) Proveer capacitación inicial sobre uso de sistemas, productos y proceso comercial.
c) Ofrecer acceso continuo a capacitaciones complementarias sobre ventas, marketing y atención al cliente, de forma virtual o presencial cuando sea posible.
Emisión de Facturación:
a) Emitir facturas fiscales a nombre de El Embajador cuando este lo solicite expresamente por correo electrónico, y siempre que haya proporcionado sus datos fiscales completos de forma correcta.
b) Las facturas serán emitidas por SALES COOL S.A. DE C.V., en su carácter de entidad responsable de recibir pagos y emitir comprobantes fiscales por cuenta de Cristocel.
V. OBLIGACIONES DEL EMBAJADOR
El Embajador, en su calidad de distribuidor autorizado de los servicios de Cristocel, se compromete a cumplir con las siguientes obligaciones:
Promoción ética y transparente de los servicios:
a) Promover los productos y servicios de Cristocel de forma profesional, veraz y alineada con los valores de la marca.
b) Abstenerse de inducir al error a los clientes sobre características técnicas, promociones o condiciones del servicio.
c) Respetar la imagen institucional de Cristocel en toda comunicación pública, impresa o digital.
Cumplimiento de precios y condiciones oficiales:
a) Comercializar únicamente los planes, precios y beneficios vigentes autorizados por Cristocel.
b) No modificar, crear o anunciar ofertas no avaladas por El Proveedor.
c) Consultar regularmente las actualizaciones oficiales publicadas en la Oficina Virtual.
Proceso de pagos y adquisición de saldo:
a) Realizar los pagos correspondientes a la compra de saldo exclusivamente a la cuenta bancaria oficial de SALES COOL S.A. DE C.V.
b) Enviar el comprobante de pago con su nombre completo y/o código de Embajador para garantizar la correcta acreditación del saldo.
c) Reconocer que cualquier pago realizado fuera de los canales oficiales será bajo su propia responsabilidad y no podrá ser reconocido ni reembolsado por El Proveedor.
Solicitud de facturación:
a) En caso de requerir factura, enviar sus datos fiscales completos al correo electrónico facturacion@cristocel.com inmediatamente después de cada depósito.
b) Reconocer que la solicitud fuera de tiempo o sin datos completos puede impedir la emisión del comprobante fiscal correspondiente.
Confidencialidad del acceso y uso de plataforma:
a) Mantener en estricta confidencialidad su usuario y contraseña de acceso a la Oficina Virtual.
b) No compartir su cuenta con terceros ni delegar funciones sin autorización previa
El Proveedor.
c) Ser responsable de toda actividad que se realice desde su acceso personal a la plataforma.
Buen uso de materiales y recursos proporcionados:
a) Usar exclusivamente los materiales oficiales autorizados para la promoción de Cristocel.
b) No alterar logotipos, identidad gráfica ni aplicar marcas propias sin aprobación por escrito.
c) Conservar los recursos físicos y digitales entregados por El Proveedor con responsabilidad y fines exclusivamente comerciales.
VI. COMISIONES Y PAGOS
Esquema de comisiones:
a) El Embajador recibirá comisiones por activaciones de nuevas líneas, portabilidades y recargas efectuadas por los clientes vinculados a su cuenta.
b) Estas comisiones se calcularán conforme al esquema vigente las cuales se integran en el Anexo I, y en la Oficina Virtual, y podrán variar según el tipo de plan, volumen de ventas y promociones activas, sujeto a cambios mediante aviso expreso por los canales oficiales, aplicando 30 días posteriores a su notificación.
Liquidación de comisiones:
a) Las comisiones generadas serán liquidadas hasta el día 15 de cada mes, siempre que el Embajador haya enviado previamente su factura correspondiente dentro de los primeros 5 días de cada mes.
b) Para ser considerada válida, dicha factura deberá cumplir con los requisitos fiscales y ser por un monto igual o superior a $3,000.00 MXN.
c) En caso de no alcanzar el monto mínimo requerido, las comisiones se acumularán para el siguiente periodo hasta alcanzar dicho umbral.
Cómo funcionan tus wallets en Cristocel
a) Wallet 1 – Saldo para ventas
Usas este saldo para activaciones, portabilidades y recargas.
b) Wallet 2 – Comisiones generadas
Aquí se acumulan tus comisiones por ventas.
Puedes trasladar saldo de Wallet 2 a Wallet 1 para seguir vendiendo.
Condiciones para la facturación:
a) La factura deberá enviarse en formato digital (PDF y XML) al correo facturacion@Cristocel.com, con los datos correctos y reflejando el monto exacto indicado en la Oficina Virtual ya con IVA incluido.
b) No se emitirán pagos sobre facturas fuera de tiempo, con errores fiscales o enviadas incompletas.
c) Las comisiones reflejadas en el sistema serán la única referencia válida para emisión y validación del pago.
Pagos por saldo:
a) Todos los pagos para la compra de saldo se realizarán exclusivamente a la cuenta bancaria oficial de SALES COOL S.A. DE C.V.
b) Es indispensable enviar el comprobante correspondiente con nombre o código del Embajador para asegurar su aplicación.
Bonificaciones especiales:
a) Cristocel podrá ofrecer bonificaciones adicionales por rendimiento, campañas especiales o metas alcanzadas.
b) Estos incentivos estarán sujetos a condiciones específicas publicadas previamente por medios oficiales y no son acumulables salvo que se indique lo contrario.
VII. USO DE MARCA
Licencia limitada de uso:
El Embajador podrá utilizar los elementos visuales, logotipos, slogans, materiales promocionales y demás recursos gráficos de la marca Cristocel, únicamente para fines comerciales vinculados directamente a la promoción, venta y distribución de los servicios autorizados.
Restricciones:
a) Queda estrictamente prohibido alterar, modificar, rediseñar, reinterpretar o adaptar la identidad visual de Cristocel sin autorización por escrito de El Proveedor.
b) No se permite el uso de la marca Cristocel junto con otras marcas, nombres comerciales o elementos que puedan generar confusión, competencia desleal o desprestigio.
c) El Embajador no podrá registrar ni utilizar dominios web, perfiles de redes sociales, nombres de usuario o correos electrónicos que contengan la palabra "Cristocel" sin aprobación formal.
Material oficial:
El Proveedor proporcionará al Embajador acceso a materiales gráficos y digitales oficiales (flyers, banners, videos, etc.), los cuales deberán ser utilizados tal como se entregan, respetando proporciones, colores y mensajes.
Derechos reservados:
El Embajador reconoce que la marca Cristocel es propiedad registrada y controlada por El Proveedor, y que su uso indebido podrá ser motivo de terminación inmediata del contrato, así como de acciones legales correspondientes.
VIII. TERMINACIÓN
El presente contrato podrá darse por terminado de forma anticipada en los siguientes casos:
Por voluntad de cualquiera de las partes, mediante aviso por escrito con al menos 30 (treinta) días naturales de anticipación, sin necesidad de justificación adicional.
Por incumplimiento grave de las obligaciones contractuales, incluyendo, pero no limitado a:
a) Uso indebido, fraudulento o malicioso de tarjetas SIM, saldo, plataforma, materiales o recursos proporcionados por El Proveedor.
b) Alteración o distorsión de planes, precios, promociones o políticas comerciales oficiales.
c) Difusión de información engañosa, difamatoria o perjudicial para la imagen de la marca Cristocel o de El Proveedor.
d) Manejo irresponsable, negligente o deshonesto de las operaciones asignadas.
Por uso indebido de la marca Cristocel, incluyendo reproducción, modificación o apropiación no autorizada de logotipos, nombres, slogans, contenido oficial o cualquier otro elemento de identidad visual o institucional.
Por inactividad prolongada, entendida como un periodo superior a 60 (sesenta) días naturales sin registrar ventas, recargas, activaciones o interacción significativa con la Oficina Virtual, salvo previa justificación aprobada por El Proveedor.
Por decisión estratégica o causas externas, tales como reestructuraciones operativas, fusiones, ajustes normativos o suspensión de operaciones que impidan la continuación de la relación comercial bajo este esquema.
Renuncia a derechos posteriores:
En caso de terminación del contrato, El Embajador renuncia de forma expresa, total y definitiva a cualquier derecho económico, reclamo o comisión futura relacionada con las líneas, portabilidades o usuarios registrados bajo su distribución.
No habrá lugar a liquidación de cartera, ni pago por continuidad de clientes activos en la red Cristocel tras la fecha efectiva de terminación del presente contrato.
IX. JURISDICCIÓN Y LEGISLACIÓN APLICABLE
Para la interpretación, cumplimiento y ejecución del presente contrato, las partes acuerdan someterse a las leyes y disposiciones aplicables de los Estados Unidos Mexicanos.
Asimismo, se someten expresamente a la jurisdicción de los tribunales competentes de la Ciudad de Guadalajara Jalisco, renunciando desde este momento a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles por razón de su domicilio presente o futuro, o por cualquier otra causa.

CONTRATO DE COLABORACIÓN COMERCIAL CRISTOCEL

ANEXO I

Modelo Comercialdo

Activación

Saldo

5% de bonificación al comprar saldo. Cada vez que compras saldo para vender paquetes o recargas, recibes un 5% adicional. Por ejemplo, si compras $3,000 MXN, se te acreditan $3,150 MXN en tu Wallet 1 (saldo para operaciones). Es una ganancia inmediata desde el inicio.

Activación

Cuando activas una nueva línea con una SIM Cristocel, ganas el 20% de la primera recarga. Ejemplo: si el cliente activa con un paquete de $200 MXN, tú ganas $40 MXN de comisión única. Esta comisión se acredita en tu Wallet 2.

Portabilidad

Cuando un cliente se cambia a Cristocel conservando su número (portabilidad), y realiza su primera recarga, tú ganas el 30% de ese monto. Ejemplo: si recarga $150 MXN, tú recibes $45 MXN de comisión única.

Residual

Por cada cliente que recarga, tú recibes el 10% del total recargado, cada mes, mientras el cliente siga activo. Ejemplo: si tus clientes recargan en conjunto $5,000 MXN en el mes, tú ganas $500 MXN de comisión acumulada en tu Wallet 2. Este ingreso es residual e inmediato, basado en la fidelidad de tus clientes.

Todo se acredita al instante. Tú decides si lo usas para operar o solicitas retiro con factura.